Medicamentos que sólo pueden adquirirse con receta o permiso especial, expedido por la Secretaría de Salud, de acuerdo a los términos señalados en el Capítulo V de la Ley General de Salud;
Información sobre el uso y tipos de medicamentos
¿Qué requisitos debe tener un receta médica?
De acuerdo a lo que establece el Suplemento para Establecimientos dedicados a la Venta y Suministro de Medicamentos y otros Insumos para la Salud, la receta médica es la orden escrita emitida por el médico (prescripción) para que se surta o dispense uno o varios medicamentos al paciente.
La elaboración de una receta sigue un esquema definido, por lo que la legislación señala los requisitos que ésta deberá de contener, mismo que puedes consultar en nuestro artículo requisitos necesarios para la aceptación de recetas médicas en la sucursal.
Conceptos básicos relacionados con medicamentos
Conoce varios conceptos básicos que podrán ayudarte a comprender mejor la efectividad y modo de operación de algunas sustancias y medicamentos.
¿Qué es un antibiótico?
Fármaco de origen natural, semisintético o sintético que ayuda a destruir y/o inhibir el crecimiento de bacterias y microorganismos.
¿Qué es un psicotrópico?
Toda aquella sustancia que provoca sueño y en la mayoría de los casos inhibe la transmisión de las señales nerviosas asociadas al dolor.
¿Qué es un estupefaciente?
Agente químico que actúa sobre el sistema nervioso central, produciendo cambios temporales en el estado de conciencia y comportamiento.
¿Qué tipos de medicamentos existen y qué es la línea de Alta Especialidad en San Pablo Farmacia?
Conoce la definición de distintos tipos de medicamentos que existen y el funcionamiento de la línea de alta especialidad enfocada en el tratamiento de padecimientos relacionados a distintas especialidades.
Es toda substancia o mezcla de substancias de origen natural o sintético que tenga efecto terapéutico, preventivo o rehabilitatorio, que se presente en forma farmacéutica y se identifique como tal por su actividad farmacológica, características físicas, químicas y biológicas, y se encuentre registrado en la Farmacopea de los Estados Unidos Mexicanos
Acerca de la clasificación de medicamentos establecida en la Ley General de Salud de acuerdo con su venta y suministro, estos se dividen en fracciones (Fracción I, II, III, IV, V y VI). Mismas que puedes conocer a detalle en nuestra sección de Venta y suministro de medicamentos – Ley General de Salud Art. 226
También conocido como Medicamento de Patente. Medicamento indicado por la Secretaría de Salud como tal, que cuenta con el Registro Sanitario de dicha dependencia, que se encuentra disponible comercialmente y es seleccionado conforme a los criterios establecidos en las Normas Oficiales Mexicanas. También existen medicamentos denominados como innovadores que cuentan con la patente original a nivel mundial. Consulta la lista oficial mexicana de medicamentos de patente.
A la especialidad farmacéutica con el mismo fármaco o sustancia activa y forma farmacéutica, con igual concentración o potencia, que utiliza la misma vía de administración y que mediante las pruebas reglamentarias requeridas, ha comprobado que sus especificaciones farmacopeicas, perfiles de disolución o su disponibilidad u otros parámetros, según sea el caso, son equivalentes a las del medicamento de referencia. Consulta la lista oficial mexicana de medicamentos genéricos intercambiables.
Productos elaborados con material vegetal o algún derivado de éste, cuyo ingrediente principal es la parte aérea o subterránea de una planta o extractos y tinturas, así como jugos, resinas, aceites grasos y esenciales, presentados en forma farmacéutica, cuya eficacia terapéutica y seguridad ha sido confirmada científicamente en la literatura nacional o internacional.
Toda sustancia o mezcla de sustancias de origen natural o sintético que tenga efecto terapéutico, preventivo o rehabilitatorio y que sea elaborado de acuerdo con los procedimientos de fabricación descritos en la Farmacopea Homeopática de los Estados Unidos Mexicanos, en las de otros países u otras fuentes de información científica nacional e internacional.
Son medicamentos, substancias o preparados, accesorios, equipo y alimentos o bebidas que tienen propiedades curativas o preventivas y se administran a las personas como un tratamiento de padecimientos crónico-degenerativos, enfermedades cancerosas e infecciones o tumores que raramente afectan a personas con un sistema inmunitario indemne.
Los medicamentos de alta especialidad no pueden ser utilizados por iniciativa propia del paciente y sólo se pueden vender si el cliente cuenta con una receta médica expedida por un profesional de la salud con licencia registrada para ejercer su profesión.
Debido a que cuentan como característica principal un control médico especifico, que va desde un control regulado de las dosis que se tienen que administrar hasta una forma particular de almacenado (como tener que conservar una temperatura exacta durante su almacenaje).
Para la venta de estos medicamentos o productos, se solicita receta médica y su compra se realiza directamente en mostrador o a través de nuestra línea telefónica para Alta Especialidad (55) 5354 9005, en donde podrás consultar sobre los siguientes Grupos de especialidades:
- Oncología
- Hematología
- Reumatología
- Traumatología
- Neurología
- VIH
- Ginecología
- Infectología
- Endocrinología
- Obesidad
Venta y suministro de medicamentos – Ley General de Salud Art. 226
La clasificación de medicamentos se encuentra establecida dentro de La Ley General de Salud, clasificándose bajo los siguientes conceptos: por su Naturaleza, por su Preparación y por su Venta y suministro
De acuerdo con su clasificación por Venta y suministro al público los medicamentos pueden considerarse de 6 formas distintas (Fracción I, II, III, IV, V y VI)****** :
Medicamentos que requieren para su adquisición receta médica que deberá retenerse en la farmacia que la surta y ser registrada en los libros de control que al efecto se lleven, de acuerdo con los términos señalados en el capítulo VI de la Ley General de Salud. El médico tratante podrá prescribir dos presentaciones del mismo producto como máximo, especificando su contenido. Esta prescripción tendrá vigencia de treinta días a partir de la fecha de elaboración de la misma;
Medicamentos que solamente pueden adquirirse con receta médica que se podrá surtir
hasta tres veces, la cual debe sellarse y registrarse cada vez en los libros de
control que al efecto se lleven. Esta prescripción se deberá retener por el
establecimiento que la surta en la tercera ocasión; el médico tratante determinará,
el número de presentaciones del mismo producto y contenido de las mismas que
se puedan adquirir en cada ocasión.
Se podrá otorgar por prescripción médica, en casos excepcionales, autorización
a los pacientes para adquirir anticonvulsivos directamente en los laboratorios
correspondientes, cuando se requiera en cantidad superior a la que se pueda surtir
en las farmacias;
Medicamentos que para adquirirse requieren receta médica, pero que pueden resurtirse tantas veces como lo indique el médico que prescriba;
Medicamentos sin receta, autorizados para su venta exclusivamente en farmacias, y;
Medicamentos que para adquirirse no requieren receta médica y que pueden expenderse en otros establecimientos que no sean farmacias.
No podrán venderse medicamentos u otros insumos para la salud en puestos semifijos, módulos móviles o ambulantes
¿Cómo encontrar la fracción que rige a un medicamento?
Para saber en dónde está la fracción SSA de tu medicamento, realiza los siguientes pasos:
1. Encuentra la sección de términos legales en la caja o en el envase de tu medicamento. Normalmente se encuentran en la parte trasera o lateral.
2. Identifica las siglas “SSA”, las cuales se encontrarán después de la leyenda “Reg. No.” seguida de un código. Puedes apoyarte en las siguientes imágenes de ejemplo:


Referencias bibliográficas
Base legal mexicana sobre la definición y clasificación de medicamentos
- * LEY GENERAL DE SALUD y NORMA Oficial Mexicana NOM-072-SSA1-2012, Etiquetado de medicamentos y de remedios herbolarios, en el numeral 4.1.20.
- ** Farmacopea de los Estados Unidos Mexicanos – Definiciones, pág. 20
- *** LEY GENERAL DE SALUD y NORMA Oficial Mexicana NOM-072-SSA1-2012, Etiquetado de medicamentos y de remedios herbolarios, en el numeral 4.1.25
- **** LEY GENERAL DE SALUD y NORMA Oficial Mexicana NOM-072-SSA1-2012, Etiquetado de medicamentos y de remedios herbolarios, en el numeral 4.1.26
- ***** LEY GENERAL DE SALUD y NORMA Oficial Mexicana NOM-072-SSA1-2012, Etiquetado de medicamentos y de remedios herbolarios, en el numeral 4.1.27
- ****** LEY GENERAL DE SALUD Art. 226, Fracciones I, II, III, IV, V y VI